La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) publicó los cronogramas con las fechas de vencimiento del pago de la Declaración anual del Impuesto a la Renta, así como el Impuesto a las Transacciones Financieras de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N.º 304-2024/SUNAT publicada el día Martes 31 de Diciembre 2024.

¿Quiénes están obligados a declarar?
Para personas naturales:
- Personas que percibieron Rentas de Quinta Categoría (en planilla) y que de igual modo deduzcan gastos de arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles.
- Trabajadores con Rentas de Cuarta (independientes) y/o Quinta Categoría, así como Rentas de Fuentes Extranjeras que presenten un saldo a favor.
- Quienes percibieron Rentas de Cuarta y/o Quinta Categoría los cuales han atribuido gastos por arrendamiento y/o subarrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
- Quienes presentan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
- Quienes arrastran saldos a favor de ejercicios anteriores y se estén aplicando contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría.
Para empresas:
- Quienes han generado rentas o pérdidas de Tercera Categoría del Régimen General o del Régimen Mype Tributario (RMT).
- Personas o entidades que han generado Rentas de Tercera Categoría que con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) realizaron operaciones gravadas por haber realizado el pago de más de 15% de sus obligaciones tributarias sin usar dinero en efectivo.
Cronograma Impuesto a la Renta 2024

Ampliación Cronograma Impuesto a la Renta 2024 para MYPE
Este cronograma se rige de acuerdo a la Ley 31940, la cual brinda este beneficio a personas naturales, micro y pequeñas empresas (MYPE) que han obtenido ingresos anuales hasta el máximo de 1700 UIT (Unidades Impositivas Tributarias).

Formularios virtuales
- Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría y el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, disponibles en la página de SUNAT Virtual a partir del 2 de enero de 2025. Haz CLIC AQUÍ para acceder a más información de ayuda. Video adicional: https://www.youtube.com/watch?v=IBhNdkPXJqc
- Formulario Virtual N° 709: – Renta Anual – Persona Natural, disponible en SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe) y en el APP Personas SUNAT a partir del 31 de marzo de 2025, fecha en la cual se puede realizar, adelantándose a los vencimientos. Haz CLIC AQUÍ para acceder a más información de ayuda.
Archivos personalizados
Estos archivos contienen información referencial, los cuales deben ser verificados, según sea el caso pueden ser modificados para poder ser completados y presentar la declaración a SUNAT, las fechas disponibles son las siguientes:
- A partir del día 31 de marzo de 2025, para las personas naturales sin negocio – Formulario Virtual N.° 709, con información de las rentas, gastos, retenciones y pagos del Impuesto, así como de las retenciones y pagos del impuesto a las transacciones financieras.
- A partir del día 17 de febrero de 2025, para los negocios o empresas – Formulario Virtual N.° 710: Simplificado y Completo, con información del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del Impuesto, así como el ITAN efectivamente pagado que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta del Impuesto.
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