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Ley del Joven Empresario: Mas oportunidades de trabajo

por | Abr 23, 2024 | Uncategorized

La Ley del Joven Empresario (N°31828) tiene como objetivo impulsar el CRECIMIENTO y DESARROLLO de los jóvenes peruanos, quienes contribuyen al avance y prosperidad del país.

¿Qué es la Ley del Joven Empresario?

La Ley del Joven Empresario permite a los contribuyentes, tanto del régimen general del IMPUESTO A LA RENTA como del REGIMEN MYPE TRIBUTARIO, aplicar una DEDUCCION ADICIONAL del 50% de la remuneración básica de los nuevos empleados al calcular el IMPUESTO A LA RENTA, sin importar su horario laboral o tipo de contrato.

Este beneficio tiene efectos en la fijación del IMPUESTO A LA RENTA de los ejercicios 2024 y 2025.

¿Quiénes aplican para esta ley?

  • JOVENES
    Esta ley aplica a todos los Jóvenes que al momento de ser contratados deben tener entre 18 y 29 años.
  • EMPRESAS
    Esta ley se aplica a las empresas que tienen entre sus empleados a jóvenes y se encuentran debidamente INSCRITAS ante la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS (SUNARP)

Objetivo

La Ley del Joven Empresario tiene como objetivo generar OPORTUNIDADES LABORALES para jóvenes que contribuyan con el éxito y crecimiento económico del Perú.  

¿Cuándo se aprobó esta ley?

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la Ley del Joven Empresario (N°31828) y emitió el Decreto Supremo N°054-2024-EF el 12 de JULIO de 2023.

Sin embargo, esta ley, que requiere reglamentación, entro en VIGENCIA desde el 1 de ENERO de 2024.

Beneficios para las empresas

  • Proceso de constitución e inscripción registral SIMPLIFICADA para la empresa.
  • Reembolso del Impuesto General a las Ventas (IGV) para las exportaciones de bienes y servicios, de acuerdo con la ley actual.
  • En las contrataciones de bienes, servicios u obras por parte de entidades del sector público, las empresas lideradas por jóvenes de entre 18 y 29 años reciben un bono de puntaje adicional del 5% en las propuestas técnicas.

Requisitos de la Ley del Joven Empresario

Según el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS (MEF), esta ley está en marcha desde el 1 DE ENERO DE 2024, sujeta a una serie de requisitos:

Empleado

  • El empleado debe tener entre 18 y 29 AÑOS al momento de ser contratado.
  • El empleado NO puede estar registrado en la planilla electrónica de una o varias empresas durante los DOCE MESES anteriores al inicio de sus labores.

Empleador

  • El empleador debe incluir al nuevo empleado en el T-Registro de la PLANILLA ELECTRONICA dentro de los plazos establecidos por la ley.
  • El número de empleados en la PLANILLA ELECTRONICA del empleador debe ser MAYOR que el PERIODO BASE, según lo establecido en el REGLAMENTO.

Requisitos del contrato

  • La remuneración básica mensual del nuevo trabajador no supera los S/ 1 700 (mil setecientos soles). Tratándose de trabajadores cuya remuneración sea VARIABLE o IMPRECISA, se considera cumplido el requisito si el promedio mensual de las remuneraciones percibidas durante los meses de ENERO a DICIEMBRE de los ejercicios 2024 y 2025 no superan los S/ 1 700 (mil setecientos soles).
  • La relación laboral debe comenzar el 1 DE ENERO DE 2024.
  • El CONTRATO DE TRABAJO debe tener una duración mínima de un MES.

Financiamientos y convenios por Ley del Joven Empresario

Fondo de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.

El Ministerio de Economía y Finanzas asignó a la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE) una línea de crédito para establecer un fondo destinado a respaldar proyectos empresariales dirigidos por jóvenes de 18 a 29 años, con tasas de interés preferenciales.

Convenios

Se autorizo al Ministerio de la Producción para que suscriba convenios con entidades de certificación aprobadas por INDECOPI o RENIEC, para facilitar la constitución simplificada de la Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada (SACS) para los jóvenes empresarios.

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