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Nuevos Contribuyentes deben presentar Declaración Electrónica de Beneficiario Final

por | Sep 16, 2022 | SUNAT

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informa que, entre el 15 y 23 de septiembre, más de 17,000 contribuyentes deberán presentar la declaración informativa de beneficiario final, de modo que cada persona jurídica informe la identidad de sus respectivos beneficiarios finales.

Pero, ¿A quién se denomina Beneficiario Final?, antes de continuar, es necesario tener claro este concepto.

Se denomina Beneficiario Final a aquella persona natural (nacional o extranjera) que cuente con por lo menos 10% del accionariado de la Compañía o que tenga el control definitivo de la Compañía o, en caso no se tenga definido lo anterior, aquéllos que ocupen el puesto administrativo superior.

Este dictamen tiene por fin prevenir la evasión y la elusión tributaria, delito con el que SUNAT lucha constántemente, además de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de asistencia administrativa mutua en materia tributaria –intercambio de información referida a tributos y financiera– y cooperar en la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Cabe resaltar, que esta medida se viene aplicando desde el 25 de septiembre del 2019,cuando se publicó la Resolución de Superintendencia N° 185-2019/SUNAT; y en esta oportunidad, los contribuyentes que deben presentar esta declaración son las personas jurídicas domiciliadas en el país que, en el ejercicio 2021, registraron ingresos netos mayores a 500 UIT (2.2 millones de soles) hasta 1000 UIT (4.4 millones de soles).

El proceso es muy sencillo, ya que la declaración es 100% virtual y se realiza por medio del Formulario Virtual N° 3800, que cuenta con una versión simplificada disponible en la plataforma electrónica Sunat Operaciones en Línea (SOL) que se encuentra en su portal institucional.

Además con el fin de siempre otorgar un acompañamiento al ciudadano, SUNAT aperturó una sección en su portal institucional para brindar información sobre la Declaración Informativa del Beneficiario Final, aparte de brindar asesoría en cualquiera de sus centros de servicio al contribuyente o por vía telefónica.

En caso de que el contribuyente obligado no cumpla con presentar la declaración oportunamente o consigne información incorrecta, se le aplicará una sanción proporcional a sus ingresos netos, la cual oscilará entre 5 UIT (23 000 soles) y 50 UIT (230 000 soles).

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