La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, más conocida como Sunat, ha implementado una serie de medidas digitales en los últimos años. Una de estas medidas es la obligación de emitir Guías de Remisión Electrónica, un cambio significativo que ha generado debate entre los contribuyentes. Sin embargo, la Sunat ha anunciado recientemente que NO sancionará a los contribuyentes obligados a emitir Guías de Remisión Electrónica, al menos hasta el próximo 31 de diciembre 2023, a fin de apoyar a los contribuyentes para que adecuen sus sistemas de emisión.
Esta disposición fue aprobada mediante la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS Nº 000017-2023-SUNAT/700000
El anuncio de la Sunat se basó en la idea de que la transición a la Guía de Remisión Electrónica había sido más compleja de lo anticipado, y que muchas empresas aún estaban adaptándose a los cambios. Por lo tanto, la Sunat decidió dar un período en el que no se aplicarían dichas sanciones, con el fin de que las empresas pudieran ponerse al día y cumplir plenamente con los requisitos.
¨De esta manera, no se aplicarán sanciones de comiso de bienes ni de internamiento temporal de vehículos cuando se detecte el incumplimiento de dichas obligaciones, emitiendo solo actas preventivas, siempre y cuando, se cuente con una guía de remisión en formato impreso o importado durante el traslado de los bienes, según lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago¨, informó la SUNAT.
¿Quiénes estarán obligados a emitir GRE?:
- Desde el 1 de enero del 2023 están obligados a emitir la GRE Remitente y Transportista, los contribuyentes inscritos por primera vez o que den de alta su RUC.
- Los que trasladen bienes importados y quienes trasladen cemento desde o hacia zonas sujetas al Régimen Especial de Bienes Fiscalizados. Cabe destacar que, para el caso del traslado de arroz, azúcar y/o alcohol etílico se debe emitir la GRE – Remitente.
- La norma establece que desde el 1 de julio del 2023 se encontrarán obligados a emitir la GRE Remitente y Transportista, quienes, al 31 de diciembre del 2022, tengan la condición de principales contribuyentes.
Designación por sujetos GRE – Remitente:
Designación por tipo de bienes transportados GRE – Remitente:
Designación por sujetos GRE – Transportistas:
Designación por tipo de bienes transportados GRE – Transportistas:
Implicaciones para los contribuyentes:
- Alivio para las Empresas: Les da un tiempo adicional para ajustarse al nuevo sistema, resolver problemas técnicos y capacitar a su personal de manera efectiva.
- Flexibilidad en la Implementación
- Evaluación de Procesos Internos: Las empresas pueden aprovechar este período para evaluar y mejorar sus procesos internos relacionados con las GRE.
- Mayor Colaboración con la Sunat: Las empresas pueden aprovechar esta oportunidad para buscar orientación y asistencia de la Sunat en la implementación efectiva de la Guía de Remisión Electrónica.
Si bien esta decisión es un alivio para las empresas en el corto plazo, es importante que los contribuyentes continúen trabajando en la implementación efectiva de la Guía de Remisión Electrónica. Esto no solo asegurará el cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino que también contribuirá a una mayor eficiencia en la gestión logística y tributaria de las empresas.